Cuando damos a luz nos faltan manos para atender a nuestro bebé. Por lo que resulta un inconveniente todo el papeleo que acompaña cada alumbramiento, más o menos dependiendo del país, que obliga al padre a ausentarse para cumplir con dichas obligaciones. Quienes tengan un hijo en España a partir de octubre verán como estas labores se simplifican, se van a ahorrar la visita al Registro Civil.
La Comisión de Justicia del Congreso español acaba de aprobar el Proyecto de Ley que facultará al personal sanitario de los hospitales para que inscriban a los bebés en el Registro Civil desde el 15 de octubre de 2015. Ahora solo queda el trámite de ser ratificado por el Senado.
Esta modificación decreta que los datos de los pequeños se remitan electrónicamente desde el mismo hospital al Registro. Evitará que los padres tengan que acudir personalmente a realizar la gestación, que además en España es obligatorio que vayan tanto el padre como la madre si no han contraído matrimonio.
Desde la dirección del hospital se dispondrá de un plazo de 72 horas para comunicar al Registro Civil el nacimiento. Asimismo los trabajadores del centro tendrán el deber de identificar al bebé y constatar su filiación materna. Otra novedad es que será obligatorio tomar huellas plantares al menor y dactilares a su madre, que se anexarán al informe antes de enviarlo electrónicamente.
La documentación tiene que ir firmada por los padres e indicar el nombre y la nacionalidad del recién nacido. Como no todo el personal médico cuenta actualmente con un certificado para la firma electrónica, de momento se podrá rubricar manualmente toda la documentación. El Proyecto señala que en un futuro podrán fijarse otros procedimientos tecnológicos para tramitar esta diligencia.
Sin duda, una buena noticia para los que se conviertan en padres a partir del mes de octubre en España.
Cuando damos a luz nos faltan manos para atender a nuestro bebé. Por lo que resulta un inconveniente todo el papeleo que acompaña cada alumbramiento, más o menos dependiendo del país, que obliga al padre a ausentarse para cumplir con dichas obligaciones. Quienes tengan un hijo en España a partir de octubre verán como estas labores se simplifican, se van a ahorrar la visita al Registro Civil.
La Comisión de Justicia del Congreso español acaba de aprobar el Proyecto de Ley que facultará al personal sanitario de los hospitales para que inscriban a los bebés en el Registro Civil desde el 15 de octubre de 2015. Ahora solo queda el trámite de ser ratificado por el Senado.
Esta modificación decreta que los datos de los pequeños se remitan electrónicamente desde el mismo hospital al Registro. Evitará que los padres tengan que acudir personalmente a realizar la gestación, que además en España es obligatorio que vayan tanto el padre como la madre si no han contraído matrimonio.
Desde la dirección del hospital se dispondrá de un plazo de 72 horas para comunicar al Registro Civil el nacimiento. Asimismo los trabajadores del centro tendrán el deber de identificar al bebé y constatar su filiación materna. Otra novedad es que será obligatorio tomar huellas plantares al menor y dactilares a su madre, que se anexarán al informe antes de enviarlo electrónicamente.
La documentación tiene que ir firmada por los padres e indicar el nombre y la nacionalidad del recién nacido. Como no todo el personal médico cuenta actualmente con un certificado para la firma electrónica, de momento se podrá rubricar manualmente toda la documentación. El Proyecto señala que en un futuro podrán fijarse otros procedimientos tecnológicos para tramitar esta diligencia.
Sin duda, una buena noticia para los que se conviertan en padres a partir del mes de octubre en España.
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